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Breve reseña de la primera parte del desarrollo
del Libro: La Justificación del Castigo –
Jerónimo Betegón
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Una aproximación a las teorías
que justifican la pena en nuestro sistema penal.
El fundamento de la pena ha sido un tema tratada no
solo por juristas, sino también por filósofos,
psicólogos, sociólogos. Los varios puntos
de vista que expresaron dichos estudios se agruparon
en lo que hoy llamamos teorías de la Pena. Básicamente
existen tres tipos de teorías, las teorías
absolutas de la pena, las relativas y las mixtas o de
la unión que debaten entre sí e internamente
debido a la multiplicidad de autores sobre los fines
de la pena (o se es un fin) valga decirlo así
o un medio para llegar a algún objetivo. Cada
teoría de la pena es una teoría del Derecho
Penal, que tiene sus propias raíces filosóficas
y políticas.
I. La Justificación de la Pena en Kant
como paradigma de las teorías retribucionistas.
Kant define el derecho a castigar “es el derecho
que tiene el soberano de afectar dolorosamente al súbdito
como consecuencia de una trasgresión de la Ley”.
Se caracteriza de dos requisitos: la culpabilidad y
la carga del sufrimiento que debe caracterizar la pena;
ésta no puede ser jamás utilizada instrumentalmente
para la consecución de un bien.
Delito => (deuda contraída) => Castigo.
(pena jurídica)
Otro carácter esencial es la respuesta dada
al problema de la medida de las penas y su correcta
adecuación a las conductas delictivas; que no
es otra que la igualdad, cualquier otro criterio violaría
la idea de una justicia pura.
La Pena Jurídica y el Respeto a la Dignidad
Humana
La Dignidad Humana es un concepto central de toda la
Filosofía Kantiana. El valor de la afirmación
o consideración del hombre como un fin en si
mismo puede ser entendido: como expresión del
rechazo de toda justificación utilitarista del
castigo penal (un valor en sentido negativo) y como
la irrenunciabilidad del requisito de la culpabilidad
como presupuesto del castigo (un valor en sentido positivo)
a. Critica al Utilitarismo
La filosofía penal amenaza con relegar el valor
absoluto de la personalidad, y estaría concentrada
en la realidad objetiva del delito y sus consecuencias.
Es preciso fortalecer al Estado, y al mismo tiempo
limitarlo y dulcificarlo; Kant fue consiente que en
la vida jurídica (vida externa y Fenoménica)
la persona tuviera que aceptar su instrumentalización
a favor de objetivos sociales.
b. Valor de la Retribución
La intención de Kant no es ya pretender que
la persona no sea nunca utilizada instrumentalmente;
en todo caso el respeto a su dignidad humana exige que
siempre sea considerado como un fin en si mismo. La
pena ha de ser despojada de todo valor instrumental
para aparecer como mera y exacta retribución
de una ofensa moral.
c. Concepto de Derecho y Justificación
de la Pena.
Las dos ideas fundamentales, en base a las cuales el
derecho viene definido, son la libertad y la facultad
de coacción.
El derecho responde a la necesidad de limitar la libertad
para hacer posible la vida en comunes definitiva, la
coacción se justifica porque es condición
necesaria para el desarrollo de la libertad racional.
El Principio de culpabilidad en la Filosofía
penal de Kant
La expresión digna de castigo o punible contiene
la idea de merecimiento personal. El delito se convierte
en un acto culpable que implica demérito, siempre
que reúna el requisito de la intencionalidad.
La teoría de la culpabilidad penal en base de
dos exigencias morales: la pena sea impuesta a la persona
que llevo a cabo la infracción y la obligatoria
concurrencia del elemento subjetivo en la realización
del acto.
El Principio del Talion en la Filosofìa
de Kant.
El criterio elegido por Kant trata de reflejar la equivalencia
matemática que ha de suplir la situación
de desigualdad creada por la realización del
acto criminal.
La idea de igualdad es capaz de expresar la justificación
de una retribución perfecta
II. El Problema del Castigo de la Filosofía
de Hegel.
Comparte buen parte de los presupuestos de Kant, siendo
que el tratamiento del problema se puede resumir en:
una teoría positiva de la retribución
y la renovación del principio de igualdad de
delitos y penas.
Noción de Delito
El delito responde a lo que puede calificarse como
una concepción liberal del individuo y del Estado;
el derecho es en general la libertad en cuanto a ideas.
La noción del injusto o ilícito se refleja
en la antitesis entre el derecho en si y la voluntad
individual; supone la violación de la existencia
de la libertad en su sentido concreto.
El acto criminal contribuye a polarizar los dos elementos
hasta ahora imperfectamente distinguidos: la voluntad
individual “natural” y la voluntad generalizada,
cristalizada en el “Estado”
Castigo penal como anulación del delito
El mal moral que sufre el propio agente por la realización
de aquel cono en el que se proyecta sobre la victima.
La doctrina de la anulación representa un principio
de claro sentido consecuencialista, por cuanto sostiene
que la función del castigo es lograr un estado
de cosas similar al que existiría si jamás
se hubiera producido el injusto; parece querer implicar
una restauración de los bienes de la victima
que hayan resultado perjudicados.
La Pena como Derecho
Señala el extraño carácter de
un derecho que no puede ser evitado y cuyo ejercicio
probablemente nadie reclamaría. Parece concebir
que en esta fase de autobjetivación de la voluntad
el ejercicio de los dos únicos derechos posibles
– propiedad y contratación – resultan
de obligatorio cumplimiento para la realización
de la libertad.
a. Terapia Moral
Transito del derecho a la moralidad como resultado
de la terapia restauradora que opera el castigo. El
castigo es algo al que el culpable tiene derecho,
El culpable, se halla en deuda moral con la comunidad,
se halla en deuda moral con ésta, cuya única
vía de satisfacción se encuentra en la
sumisión al castigo. Este solo será posible
si aquel que ha infringido el derecho ajeno, re conoce
la autoridad que impone el castigo como aquella que
encarna la ley moral y que tiene derecho ha hacer valer.
La prevención de los hechos delictivos y consiguiente
reducción de la criminalidad; la institución
del castigo debe encaminar primordialmente a la prevención
y potencial eliminación de aquel tipo de conductas
equivale a velar por los derechos de la mayoría.
b. Resultado de la existencia de derechos
En Hegel esta presente un cierto utilitarismo penal;
la pena encuentra su justificación desde el momento
en que es necesaria para la existencia misma del derecho,
que precisa objetivamente de ella.
La defensa del castigo en cuanto a practica o institución,
concentrando la atención en los derechos de la
parte agraviada por la comisión del ilícito.
Ofrece al culpable una justificación moral de
su castigo es decir, razones a favor de la situación
que le afecta personalmente.
c. Elección Racional
Contrario a Kant, a parte de ofrecer una justificación
moral del castigo particular; la validez del principio
retribusionista desde esta esfera individual a la practica
punitiva estatal. El delito equivalente a la negación
del derecho, la pena necesaria al restablecimiento del
mismo.
La obtención de determinados beneficios o la
protección frente a posibles conductas injustas
o gravosas; las respectivas esferas de las conductas
legítimas e ilegítimas han de ser delimitadas
en consideración a la elecciones realizadas por
los individuos.
En conclusión: podemos señalar
que ambas filosofías, de Kant y Hegel, refieren
al castigo como una necesaria retribución frente
a la comisión de un hecho delictivo; lo que sirve
de fundamento, actual en relación a la pena en
el derecho penal, pues hoy en día tenemos en
consideración que la pena si bien es cierto resulta
como una consecuencia necesaria de la comisión
de un hecho delictivo, siendo hoy en día la pena
un fin sobre el individuo la rehabilitación de
éste y posterior reinserción a la sociedad,
como lo señala nuestro código penal vigente;
sin embargo no se puede negar que en la actualidad este
fin de la pena en sí mismas está muy lejos
de ser alcanzado.
Bibliografía:
• Análisis y Reflexión Sobre Las
Teorías De La Pena
http://bohemiaguerrera.wordpress.com/control-social-sistema-penal-y-derecho-penal/analisis-y-reflexion-sobre-las-teorias-de-la-pena/
• Teorías absolutas de la Pena
http://www.urbeetius.org/newsletters/03/s_cabrera.pdf
• La Justificación del Castigo –
Jerónimo Betegón; Centro de Estudios Constitucionales
– Madrid 1992
Clase de Derecho Penitenciario, de la Maestría
de Ciencias Penales de la Universidad Particular San
Martín de Porres, dictadas por el Dr. José
Henry Avila Herrera
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