Cualquier
pareja formada por un hombre y una mujer puede contraer
matrimonio en Panamá tanto si ambos no son nacionales
como si uno de ellos no lo es. La diferencia que se
contempla con respecto a un matrimonio formado por nacionales
es a la hora de presentar los requisitos, ya que la
persona no nacional debe presentar los documentos requeridos
debidamente autenticados.
Los documentos necesarios para contraer matrimonio en
Panamá son:
- Certificado de nacimiento de ambos. Si no tienen
cédula panameña tiene que presentar
su certificado apostillado por el Ministerio
de Asuntos Exteriores de su país.
- Certificado de soltería de ambos. Si no
tienen cédula panameña tiene que presentar
su certificado apostillado por el Ministerio
de Asuntos Exteriores de su país.
- Sentencia de Divorcio, si se da el caso de que alguno
es divorciado. Si no tienen cédula panameña
tiene que presentar su sentencia de divorcio apostillada
por el Ministerio de Asuntos Exteriores de
su país.
- Exámenes médicos de buena salud.
Pueden hacérselos en Panamá en cualquier
clínica y suelen obtenerse en el mismo día.
- Dos testigos, en el caso de ser matrimonio civil
o ante notario. Si no dispone de testigos (por notario)
o padrinos (por juez de paz) normalmente el abogado
se los puede conseguir.
Si se da el caso de que alguien tiene doble nacionalidad,
distintas de la panameña, o siendo nacional de
un país tiene residencia en otro país,
surge la duda de saber que documentos se deben presentar,
si los del país de orígen o los del país
de residencia. En este caso los documentos a presentar
deben ser los del mismo país que el pasaporte
o documento que utilice para entrar en Panamá.
Todos los documentos deben venir autenticados
con la Apostilla
de la Haya, de lo contrario no podrán casarse
y no sirve el sello de autenticación de la notaría
de su país. Este sello solo lo pone el
país de origen que emite el documento,
no suelen hacerlo las embajadas. Lo que pueden hacer
para saber donde tienen que autenticar los documentos
es preguntar en el mismo sitio donde los solicitaron,
es probable que allí mismo les digan cual es
el sitio más cercano a su domicilio donde poder
autenticar los documentos.
La Apostilla
de la Haya es un tratado de ámbito internacional
en el que todos los países firmantes de dicho
tratado y a través de una hoja o sello que se
estampa en los documentos públicos permite que
puedan ser verificados como legales, dichos documentos,
entre los países firmantes del tratado. Es importante
que las personas no nacionales verifiquen si su país
reconoce la Apostilla de la Haya.
Autenticar un documento con la Apostilla de
la Haya para que pueda ser reconocido por otro país
es competencia del país que emite el documento.
Es decir, si usted ha nacido en Estados Unidos, usted
tiene que solicitar en Estados Unidos su Certificado
de nacimiento y tiene que ser Estados Unidos quién
debe autenticar dicho documento con la Apostilla de
la Haya para que pueda tener valor legal en otro país,
por ejemplo, en Panamá. Cada país
tiene una institución dependiente del gobierno
encargada de apostillar los documentos, debe preguntar
en su país cual es la institución encargada
de realizar este trámite. Por ejemplo,
en España es el Ministerio de Relaciones Exteriores
y en Panamá el de Asuntos Exteriores.
Si el país de orígen del ciudadano
extranjero no pertenece al convenio de la Haya entonces
debe autenticar los documentos en la Embajada de Panamá
en su país. Y a su vez, los documentos expedidos
en Panamá deberán ser autenticados por
la Embajada de su país en Panamá.
Para casarse tiene tres opciones:
- Si el matrimonio es eclesiástico tendría
que tomar unos cursillos antes. Esto no tiene coste,
tendría que tratar usted personalmente con
el cura.
- Si el matrimonio es civil tendría que aportar
toda la documentación que se menciona arriba
y solicitar cita ante un juez de paz. El juez de paz
tras presentarle toda la documentación les
haría una entrevista y después les dará
fecha para la boda. Este proceso suele durar en torno
a un mes, pero dependería del juez de paz elegido.
- Si el matrimonio es ante notario tendría
que aportar toda la documentación que se menciona
arriba y contratar a un abogado. Este trámite
tiene que hacerse a través de un abogado, ya
que, es obligatorio por ley.
Detallemos un poco mejor el trámite de matrimonio
ante notario porque lo que es el acto de casarse ante
el notario puede realizarse en el mismo día (según
en que sitio) siempre que se tengan los papeles en regla
y concertando cita con antelación. Los documentos
es suficiente con presentarlos en ese mismo día
para que el notario los pueda revisar.
Cuando el matrimonio no es entre dos nacionales, además
de casarse desearán tener autenticado el certificado
de matrimonio para poder inscribirlo en su país
de origen o para que sea reconocido en su país
de residencia y esto requiere algo más de tiempo.
Una vez se casen el notario tarda aproximadamente una
semana (depende de la notaria y su carga de trabajo)
en emitir el certificado de matrimonio, si además
quieren autenticarlo (Apostilla de la Haya) para que
sea valido en su país de origen, este certificado
debe llevarse a ciudad de Panamá, al departamento
de Relaciones Exteriores para que lo autentiquen, esto
hay veces que lo hacen en el mismo día, depende
de la carga de trabajo que tengan.
En ocasiones los interesados buscan una opción
rápida para casarse aprovechando unos días
de vacaciones en Panamá, esta es una de las mejores
opciones que ofrece la legislación panameña.
Incluso si los interesados solo disponen de una estancia
corta de apenas unos días y no les da tiempo
a realizar todo el proceso hay abogados que se encargan
de recoger el Certificado de Matrimonio en la notaria,
llevarlo a Relaciones Exteriores en ciudad de Panamá,
autenticarlo y enviárselo por encomienda o correo
a donde los interesados residan, normalmente este servicio
tendría un coste añadido.
Según desde que país viajen los interesados
deben saber que Panamá les puede exigir una vacuna
contra la fiebre amarilla. Pueden obtener más
información accediendo al siguiente enlace:
http://www.panamagazine.com/2008/09/30/algunos-viajeros-necesitarn-vacuna-contra-fiebre-amarilla-para-entrar-a-panam/
Aunque por ley podrían exigirle este tramite
de vacunación, en la práctica no suelen
pedir este requisito, no obstante, si ustedes quieren
evitar riesgos es conveniente que se informen de antemano,
bien en su país (normalmente a través
del Ministerio de Asuntos Exteriores) o bien contactando
directamente con el Servicio de Migración de
Panamá, pueden llamar por teléfono o enviar
un email; http://www.migracion.gob.pa/.
También es probable que sus países de
origen necesiten de algún requerimiento para
entrar en Panamá, pueden consultarlo en: http://www.panamatramita.gob.pa/ |