Don
Alberto es un hombre trabajador, que a lo largo de sus 65
años de vida, a logrado crear un patrimonio familiar
que representa para él y para su esposa, la posibilidad
de envejecer con tranquilidad y dignidad, a la vez que esperan
legarle a sus hijos el negocio que juntos levantaron, para
que después de su muerte, ellos continúen generando
ingresos, empleos y manteniendo en alto el nombre de la familia.
La preocupación de don Alberto y doña Gina,
es que ellos quieren mantener el control y propiedad de sus
bienes y de la empresa mientras ellos vivan y a su muerte,
desean que la empresa continúe operando y que la propiedad
de la misma, al igual que algunos bienes inmuebles adquiridos,
sean repartidas entre sus hijos a partes iguales, pero que
se mantenga vigente la visión con la que fue creada.
Ellos saben que pueden hacer un testamento, pero que posterior
a su fallecimiento, poco es lo que podrán regular,
pues una vez los bienes estén en manos de sus hijos,
éstos son libres de disponer de ellos. También
conocen de las Sociedades Anónimas, pero saben que
esta figura legal opera entre vivos o sea, con sus accionistas
ejerciendo su derecho a voto en cada decisión importante
de la sociedad.
Es así como llegan a nuestras oficinas, en busca de
una orientación que les permita encontrar una fórmula
que represente la solución y seguridad que están
buscando. Les recomendamos la creación de una FUNDACIÓN
DE INTERES PRIVADO, toda vez que tal como le expusimos a Don
Alberto, ésta figura viene a ser una especie de híbrido
entre las sociedades anónimas y los fideicomisos, con
características de disposición, similares a
los testamentos.
Todo esto bien mezclado, da como resultado un producto que
le permite a Don Alberto fungir como el fundador de la misma,
reservarse el derecho de dirigir y decidir mientras viva y
de generar un documento denominado Reglamento, que es el que
va a marcar, después de su muerte, las pautas en materia
de disposición de bienes, administración de
los mismos y repartición de beneficios.
Todo esto regido por un consejo, que bien pueden formar sus
5 hijos y su esposa si lo sobrevive y con mecanismos férreos
de control, que pueden estar en manos de especialistas (contadores,
abogados, corredores de seguros, etc.) que él mismo
designe en vida, con lo cual toda esa parte que él
desea controlar incluso después de su muerte, queda
salvada, dejando un amplio margen para que sus hijos administren
y ejerzan sus habilidades comerciales, arriesgando lo menos
posible el futuro de la empresa, pues el consejo de administración
que su padre deja formado con ellos como parte, tiene amplias
facultades para dirigir y para depurar cualquier situación
de riesgo.
Lo que les quedó claro a Don Alberto y a la señora
Gina, es que la figura de la FUNDACIÓN DE INTERES PRIVADO
es una oportunidad de legar a sus hijos no solo los bienes
materiales, sino un concepto mas amplio que incluye la visión
de su empresa, el espíritu con que fue creada y la
posibilidad que dicha empresa se mantenga dentro de la familia.
Sin embargo, lo que no podrá lograr con esta figura,
es garantizar la habilidad de sus hijos para la administración
del negocio, ni la cohesión de su familia, pues esas
son situaciones que escapan a cualquier solución jurídica.
Cuando le explicamos esto, él se levantó de
su silla y con un orgullo que no pretendía esconder
me indicó que él está confiado en la
educación que le han dado a sus hijos, los valores
que les han enseñado y que el amor que siempre les
brindaron, rendirá suficientes frutos como para alimentar
a dos generaciones futuras.
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