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Derecho Penal 20 de septiembre de 2009
Diferencia entre el delito de hurto y robo

Existe una confusión cuando se habla de los delitos de hurto y robo y es común oír cómo se refieren indistintamente a ambos tipos como si fuera lo mismo cuando en realidad no lo son.

El delito de hurto está tipificado en el Código Penal de la República de Panamá en el capítulo relativo a los delitos contra el patrimonio, concretamente el artículo 181 que a la letra dice:

"El que se apodera de una cosa mueble ajena será sancionado con prisión de seis meses a dos años", aquí estamos ante la modalidad del hurto simple, ya que el mismo código en otros artículos habla de los elementos que concurren para al agravamiento de la pena.

El artículo 183 del mismo catálogo punitivo señala: que se penará con 20 a 50 meses de prisión si el hurto se comete bajo una serie de circunstancias que agravan la responsabilidad penal del sujeto activo del delito. Entre estas tenemos, cuando se comete en establecimientos públicos, cuando se haga con destreza en un lugar público, cuando se cometa con abuso de confianza entre víctima y victimario.

Concurren otras agravantes que señala el artículo 184, la cual elevan la penalidad de 30 meses a seis años, aquellas agravantes se refieren a coyunturas naturales como desastres e inundaciones, la nocturnidad y el escalo así como al valor social, cultural, religioso de los objetos hurtados.

El robo está descrito en el artículo 185 del Código Penal que a la letra dice:

"El que mediante violencia o intimidación en las personas se apodere de una cosa mueble ajena será sancionado con prisión de 4 a 6 años. Si el objeto material de este delito fuera una o más cabeza de ganado que estén sueltas en dehesas corrales o caballerizas, la pena será de 5 a 7 años de prisión".El artículo 186 contiene las agravantes específicas del delito de robo.

La diferencia entre robo y hurto es que: en el primero hay violencia e intimidación sobre las personas, mientras que en el segundo no hay intimidación sobre personas pero puede haber violencia sobre la cosa.

Autor: Grupo Evos, Edificio 3R Diagonal a la Revilla 5 Esquinas, Primer Alto, oficina Nº 6. Ciudad de David, Chiriquí. Celular: 6630 6244 - evelia@grupoevos.com. Civil, Sucesiones, Divorcios, Custodias, Trámites migratorios, Penal, Mercantil, Creación de sociedades.
 
 
 
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