Ir a Inicio Grupo Evos.
 Busca aquí artículos o referencias dentro de la Revista.
Rss Publicar Artículo Portada
Suscribirse

Nombre: *

Correo - Email: *

>>

Si se suscribe a nuestro boletín recibirá un correo electrónico con las novedades y los nuevos artículos de la Revista. Para ello solo tiene que introducir su dirección de correo (asegúrese que sea correcta) y pulsar el botón "Suscribirse".
Especialidades

Derecho General
Derecho Administrativo
Derecho Civil
Derecho Constitucional
Derecho de Familia
Derecho de Marca
Derecho Empresarial
Derecho Extranjería
Derecho Financiero
Derecho Fiscal
Derecho Inmobiliario
Derecho Internacional
Derecho Laboral
Derecho Marítimo
Derecho Mercantil
Derecho Penal
Derecho Procesal
Derecho Sanitario

Blog Violencia de Género
NO + VIOLENCIA GENERO
Artículos mejor valorados:

Tipos de Sucesión en Panamá - Testamentaria e Intestada

Matrimonio Internacional en Panamá

Derecho General 30 de mayo de 2009
Algunos conceptos sobre el Derecho

Se entiende por Constitución el conjunto de leyes fundamentales de un reino o nación y viene a englobar el conjunto de principios y reglas que definen los fines, usos y limitaciones del poder público como norma del Estado a la que se hallan sometidos gobernantes y gobernados.

Cuando el poder político se encuentra regulado por una Constitución escrita - no en todos los países existe una Constitución escrita - podemos hablar de un Estado de Derecho, pero no todo Estado es un Estado de Derecho ni disponer de una Constitución convierte a un poder político en Estado de Derecho.

Para que se produzca un Estado de Derecho debe existir el “Constitucionalismo” y debemos entender como tal, la doctrina (opinión de los juristas prestigiosos sobre una materia concreta) que intenta establecer los límites jurídicos a los titulares del poder y a los gobernantes con el objeto de establecer dicho Estado de Derecho.

Hay que entender que en un Estado de Derecho debe existir una Constitución que establezca los límites jurídicos a los titulares del poder y un Constitucionalismo como doctrina de libertad jurídica del individuo frente al poder del Estado, es decir, el Constitucionalismo establece como debe ser el Derecho, como debe interpretarse y aplicarse para alcanzar un Estado de Derecho.

En un Estado de Derecho deben existir unas instituciones que establezcan el poder político. Se debe poder exigir responsabilidad a quienes ejercen el poder, la existencia de instituciones protectoras de los derechos individuales y que reconozcan las libertades y la igualdad de todos los individuos. Los conflictos creados entre miembros de la comunidad deben ser resueltos conforme al derecho y por los tribunales que deben ser independientes de las instancias creadoras del Derecho (cuerpos legislativos).

Por Derecho se puede entender el conjunto de normas jurídicas. Pero el Derecho no solo implica un conjunto de normas sino también una ciencia jurídica donde el estudio de la norma no es suficiente sino que debe abarcar la comprensión de la problemática social, conocer las relaciones de poder que presiden la sociedad; sus grupos, intereses, ideologías, etc. para poder explicar mejor el tipo de solución adoptada para la resolución de un problema.

La norma jurídica está conectada con el momento de la decisión política, ya que es la que genera o pone en marcha el proceso creador de las normas jurídicas, y a partir de aquí se entra en el campo del Derecho.

La Jurisprudencia es la reiterada interpretación de las normas jurídicas hecha por los altos tribunales jurídicos (en Panamá la Corte Suprema) que resuelven un problema jurídico específico y que puede constituir una de las fuentes de Derecho.

En Panamá la Jurisprudencia es vinculante, es decir, cuando la Corte Suprema interpreta una norma jurídica y emite una sentencia como resolución de un problema específico dicha sentencia será tenida en cuenta en el futuro como solución para ese tipo problemas específicos.

Como síntesis muy general podemos decir que un país o nación está formado por un conjunto de miembros entre los cuales existen diversas relaciones como familiares, amistosas, comerciales, laborales, culturales, etc. que son necesarias regular para facilitar la convivencia de todos los individuos. Para poder regular esta convivencia se crean un conjunto de reglas y principios que establecen los usos y limitaciones de cada uno de los miembros de la comunidad. A partir de aquí y teniendo en cuenta estos principios fundamentales se establecen una serie de normas que regulan el comportamiento humano y que generalmente impone deberes y confieren derechos.

Es importante que todos los miembros de la sociedad aprendan las normas para poder facilitar la convivencia, ayudar a la integración social y poder crecer como sociedad y nación.

Autor: Grupo Evos, Edificio 3R Diagonal a la Revilla 5 Esquinas, Primer Alto, oficina Nº 6. Ciudad de David, Chiriquí. Celular: 6630 6244 - oscar@grupoevos.com. Civil, Sucesiones, Divorcios, Custodias, Trámites migratorios, Penal, Mercantil, Creación de sociedades.
 
 
 
Su opinión cuenta, valore este artículo:

<<<<volver al principio>>>>

¿Quiénes somos? - Contáctenos - Inicio - Aviso legal - Site map - About us - Contact - Home - Legal warning

La información expuesta en los artículos de la Revista Jurídica de Panamá no es responsabilidad de Grupo Evos, es información escrita por el Autor y es meramente informativa. En ningún caso tiene valor legal ni contractual y rige todo lo expuesto en la sección aviso legal.

Revista Jurídica de Panamá pertenece a Grupo Evos

Grupo Evos ® Todos los derechos reservados.