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Matrimonio Internacional en Panamá

Derecho de Familia 27 de abril de 2009
Requisitos para contraer matrimonio en Panamá.
En Panamá puede casarse cualquier pareja que lo desee aunque ambos sean extranjeros y no residan en el país, el único requisito imprescindible es que la pareja esté formada por un hombre y una mujer. Hasta la fecha en Panamá no está reconocido el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Para casarse existen tres opciones que cumplen todas con la misma finalidad aunque con matices diferentes:

  1. El matrimonio eclesiástico, que implica tomar unos cursillos antes de producirse el enlace y que tienen la finalidad de formar espiritualmente a la pareja. Para casarse de este modo lo mejor es tratar personalmente con el cura o responsable del oficiar el enlace.
  2. El matrimonio civil, que se realiza a través de un juez de paz. Habría que aportar unos documentos y solicitar cita ante un juez de paz. El juez de paz tras presentarle toda la documentación haría una entrevista y después dará fecha para la boda. Este proceso suele durar en torno a un mes, pero dependería del juez de paz elegido.
  3. El matrimonio ante notario, que la realiza un notario publico. Habría que aportar unos documentos y se podría hacer de un día para otro. Esto depende del notario.

Los documentos que se deben aportar para contraer matrimonio en Panamá son:

  1. Certificado de nacimiento de ambos. Si es ciudadano nacional puede solicitarse en el registro civil. Si no se es nacional tiene que presentar el certificado apostillado por el ministerio de asuntos exteriores de su país de origen.
  2. Certificado de soltería de ambos. Si es ciudadano nacional puede solicitarse en el registro civil. Si no se es nacional tiene que presentar el certificado apostillado por el ministerio de asuntos exteriores de su país de origen.
  3. Exámenes médicos de buena salud. Pueden hacerse en Panamá en cualquier clínica y suelen obtenerse en el mismo día.
  4. Dos testigos, en el caso de ser matrimonio ante notario y dos padrinos para el caso de ser matrimonio civil o eclesiástico.

Una vez se produzca el enlace matrimonial se emitirá un acta de matrimonio que debe ser inscrita el registro civil para que el matrimonio quede reconocido de forma oficial. Si uno o ambos cónyuges son extranjeros se debe inscribir el matrimonio en el país de origen de cada uno de ellos.

Autor: Grupo Evos, Edificio 3R Diagonal a la Revilla 5 Esquinas, Primer Alto, oficina Nº 6. Ciudad de David, Chiriquí. Celular: 6630 6244 - ogmfarragoto@yahoo.es. Civil, Sucesiones, Divorcios, Custodias, Trámites migratorios, Penal, Mercantil, Creación de sociedades.
 
 
 
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