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Derecho de Familia 27 de abril de 2009
Divorcio con paradero desconocido
Cuando uno de los cónyuges que forman un matrimonio lleva un mínimo de dos años separado, desconoce el paradero del otro cónyuge y desea cambiar su estado civil puede iniciar los trámites para solicitar un divorcio con paradero desconocido.

Este hecho sucede más comúnmente entre matrimonios en los que una o ambas partes son extranjeros, sobretodo si alguna de las partes no tiene solucionado su estatus migratorio. Otras veces por falta de adaptación al nuevo país o cualquier otro motivo. El caso es que en ocasiones uno de los cónyuges abandona el núcleo familiar, bien por regresar a su país de origen o por descontento con su situación actual.

Aunque en teoría lo más lógico en una relación es finalizarla de la forma más apropiada, en la práctica esto no siempre ocurre y en ocasiones se produce el abandono de la relación familiar sin mayores explicaciones. Esto provoca que la parte afectada, llegado el caso de querer divorciarse, tenga que recurrir a este proceso que contempla la ley.

Tanto a la hora de casarse como a la hora de divorciarse hay que tener claro una serie de conceptos, sobretodo si alguno de los cónyuges no es nacional del país donde se práctica el matrimonio civil. Muchas veces la gente habla de matrimonio o divorcio internacional, un concepto que puede resultar un poco complejo de entender.

Una persona cuando inscribe su matrimonio en un país tiene validez internacional pero no existe un registro civil internacional, es decir, no existe un organismo que a la hora de inscribir un matrimonio controle que las partes que forman el matrimonio no estén casadas con otras personas en otros países. Algo que si ocurre a nivel nacional y que se controla a través del registro civil. Vamos a poner un ejemplo para aclarar un poco más este concepto.

Supongamos que una pareja desea casarse en Panamá y que los dos son originarios de otros países. Para casarse se les exigen unos requisitos, uno de ellos es que aporten el certificado de soltería de su país debidamente autenticado. Ambos se casan en Panamá y el matrimonio queda registrado en el registro civil de Panamá. Supongamos que el matrimonio se separa y cada una de las partes regresa a su país. En el país de origen de cada uno de ellos, si desean casarse, les deberían exigir más o menos el mismo trámite. En el registro civil del país de origen de cada uno de ellos, constan como solteros. Con esto podría darse que una persona esté casada en uno o más países ya que no existe un registro internacional de matrimonios. Cabe destacar que esta práctica esta prohibida en la mayoría de los países y podría incurrirse en un delito.

Lo normal es que cuando alguien se casa inscriba el matrimonio tanto en el país donde reside como en el país de origen, pero este trámite no es vinculante, es decir, que hacerlo en un sitio no obliga a tener que hacerlo en otro.

En Panamá existe el divorcio por paradero desconocido, el trámite puede hacerse en cualquier juzgado seccional de familia, se realiza a través de un abogado y los requisitos que se exigen son:

  1. Un Poder que firma el solicitante del divorcio autorizando al abogado a realizar dicho trámite. Si el solicitante se encuentra fuera del país este documento debe estar autenticado con la apostilla de la haya y normalmente lo hace el Ministerio de Asuntos Exteriores.
  2. Habría que aportar el acta de matrimonio donde consten los datos del demandado.

Con estos documentos se presenta en el juzgado una demanda de divorcio por paradero desconocido y se solicita que emplacen por edicto en un periódico de circulación nacional por cinco días consecutivos al demandado. Si el demandado no se presenta, el juzgado le nombra un defensor de ausente para contestar la demanda de divorcio y lo represente en todo el trámite. Después se procederá a realizar una audiencia en la que se presentarían tres testigos que declaren y corroboren que la pareja lleva separada por el tiempo especificado en la demanda y que como mínimo debe ser de dos años. Una vez concluida esta audiencia en aproximadamente quince días se dicta sentencia de divorcio. El trámite desde que se inicia hasta que se termina suele durar unos seis meses.

Autor: Óscar González Manteiga, Edificio 3R Diagonal a la Revilla 5 Esquinas, Primer Alto, oficina Nº 6. Ciudad de David, Chiriquí. Celular: 6630 6244 - ogmfarragoto@yahoo.es. Civil, Sucesiones, Divorcios, Custodias, Trámites migratorios, Penal, Mercantil, Creación de sociedades.
 
 
 
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