En
el procedimiento penal derivado de un accidente de circulación,
además de determinarse la responsabilidad penal, se
ventila la responsabilidad civil, la indemnización
que corresponde al perjudicado no culpable por los daños
materiales y físicos sufridos en el accidente.
La existencia de un seguro obligatorio
de responsabilidad civil hace que sea la compañía
aseguradora del vehículo culpable del accidente la
obligada a indemnizar al perjudicado.
Es necesario la denuncia y el ejercicio
de la acusación particular para lograr la indemnización
a la que tiene derecho y la cuantía de esa indemnización
vendrá determinada por la aplicación de las
reglas que son actualizados anualmente, establecidos en la
Ley 122/1962, de 24 de diciembre, sobre responsabilidad civil
y seguro en la circulación de vehículos a motor
y en el Reglamento aprobado por Real Decreto 7/2001, de 12
de enero.
Negociación o Reclamación
Judicial de Indemnizaciones por Daños y Perjuicios
derivados de Accidentes de Tráfico y Circulación:
Indemnizaciones.
Quien sufre un perjuicio en su persona
y bienes derivado de un acto doloso o negligente de otro tiene
derecho a ser indemnizado y esta indemnización puede
establecerla el órgano judicial en un procedimiento
penal cuando exista dolo o culpa de persona determinada.
Todo el sistema de responsabilidad extracontractual se basa
en el artículo 1.902 del Código Civil, que establece
que quien por acción u omisión cause un daño
a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado
a reparar el daño causado.
Derechos de los Pasajeros
Ante un Accidente de Tráfico el
ocupante o pasajero siempre tiene derecho a una indemnización,
bien sea por parte de la Compañía de Seguros
de un vehículo tercero causante del siniestro o de
la Compañía del vehículo en donde el
mismo viaja como pasajero. Dependerá de quien sea el
culpable del Accidente de Tráfico.
Derechos de los Peatones
El peatón o ciclista que
es víctima de un atropello por un vehículo siempre
tiene derecho a percibir asistencia sanitaria y a percibir
una indemnización. Si está identificada la Compañía
de Seguros del vehículo causante del Accidente de Tráfico
será ésta la que tendrá que asumir todos
los gastos e indemnización. Si por el contrario el
vehículo se dio a la fuga el responsable será
el Consorcio de Compensación de Seguros.
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