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Derecho de Tráfico 14 de septiembre de 2009
Accidentes de circulación

En el procedimiento penal derivado de un accidente de circulación, además de determinarse la responsabilidad penal, se ventila la responsabilidad civil, la indemnización que corresponde al perjudicado no culpable por los daños materiales y físicos sufridos en el accidente.

La existencia de un seguro obligatorio de responsabilidad civil hace que sea la compañía aseguradora del vehículo culpable del accidente la obligada a indemnizar al perjudicado.

Es necesario la denuncia y el ejercicio de la acusación particular para lograr la indemnización a la que tiene derecho y la cuantía de esa indemnización vendrá determinada por la aplicación de las reglas que son actualizados anualmente, establecidos en la Ley 122/1962, de 24 de diciembre, sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor y en el Reglamento aprobado por Real Decreto 7/2001, de 12 de enero.

Negociación o Reclamación Judicial de Indemnizaciones por Daños y Perjuicios derivados de Accidentes de Tráfico y Circulación:

Indemnizaciones.

Quien sufre un perjuicio en su persona y bienes derivado de un acto doloso o negligente de otro tiene derecho a ser indemnizado y esta indemnización puede establecerla el órgano judicial en un procedimiento penal cuando exista dolo o culpa de persona determinada.
Todo el sistema de responsabilidad extracontractual se basa en el artículo 1.902 del Código Civil, que establece que quien por acción u omisión cause un daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.

Derechos de los Pasajeros

Ante un Accidente de Tráfico el ocupante o pasajero siempre tiene derecho a una indemnización, bien sea por parte de la Compañía de Seguros de un vehículo tercero causante del siniestro o de la Compañía del vehículo en donde el mismo viaja como pasajero. Dependerá de quien sea el culpable del Accidente de Tráfico.

Derechos de los Peatones

El peatón o ciclista que es víctima de un atropello por un vehículo siempre tiene derecho a percibir asistencia sanitaria y a percibir una indemnización. Si está identificada la Compañía de Seguros del vehículo causante del Accidente de Tráfico será ésta la que tendrá que asumir todos los gastos e indemnización. Si por el contrario el vehículo se dio a la fuga el responsable será el Consorcio de Compensación de Seguros.

Autor: Grupo Evos , Avenida Agra Verde, 19 - 4ºC. A Coruña. Email - evelia@grupoevos.com. Civil, Sucesiones, Divorcios, Custodias, Trámites migratorios, Penal, Mercantil, Creación de sociedades.
 
 
 
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